Con la promulgación de la Ley núm. 97-25, que instituye el nuevo Código Procesal Penal de la República Dominicana, el país entra en una etapa de profunda transformación en la forma de investigar, perseguir y sancionar los delitos. Aunque esta normativa no es una ley financiera en sentido estricto, su alcance sobre la banca, el sistema financiero, el mercado de valores, las cooperativas y las fintech es directo, contundente y de largo plazo, marcando un antes y un después en la forma en que se enfrentan los delitos económicos.
Este nuevo marco procesal fortalece de manera significativa el poder del Ministerio Público, moderniza las herramientas de investigación criminal, amplía la cooperación judicial internacional y endurece la persecución de las estafas que afectan al sistema financiero, los esquemas piramidales y el crimen organizado. En la práctica, esto se traduce en un aumento estructural del riesgo penal, reputacional y operativo para las entidades financieras y para sus ejecutivos, quienes quedan bajo un escrutinio mucho más riguroso.
Uno de los cambios más trascendentales introducidos por el nuevo Código es la redefinición de la estafa financiera. Tradicionalmente, la estafa era un delito de acción privada, lo que implicaba que su persecución dependía exclusivamente de que la víctima presentara querella. Con la nueva ley, esta lógica cambia radicalmente cuando la estafa afecta al sistema financiero, tiene pluralidad de víctimas, es de carácter transnacional, se vincula a esquemas piramidales o guarda relación con el crimen organizado. En todos estos casos, la persecución pasa a ser de acción pública pura.
Esto significa que el Ministerio Público puede iniciar y continuar la investigación aun cuando las víctimas no denuncien, cuando desistan o incluso cuando exista interés en llegar a acuerdos privados. Para la banca dominicana, esto implica que cualquier producto, canal o transacción que sea utilizado dentro de un fraude de estas características queda automáticamente bajo un régimen de persecución penal más rígido, obligatorio e innegociable.
Otro elemento de enorme trascendencia es que los delitos ligados al crimen organizado pasan a ser imprescriptibles. En términos prácticos, esto significa que no importa cuántos años transcurran desde la comisión del hecho: el delito nunca se extingue por el paso del tiempo y las responsabilidades penales pueden ser perseguidas incluso décadas después. Para el sector financiero, esto impacta directamente en los riesgos relacionados con lavado de activos, corrupción, financiamiento ilícito, grandes estafas estructuradas y redes transnacionales de fraude financiero.
Este nuevo escenario eleva de manera permanente la exposición penal de ejecutivos, oficiales de cumplimiento, directores y estructuras societarias que, por acción u omisión, faciliten operaciones vinculadas a estas redes delictivas. El riesgo deja de ser meramente administrativo y pasa a ser un riesgo penal de largo alcance.
Jenchy Suero
Jesús Antonio Suero Castillo (Jenchy Suero), nació en San Juan de la Maguana, catedrático universitario, comunicador y abogado. Ha dirigido diversas entidades profesionales y organizativas de la sociedad, etc. Jenchy Suero, conduce y produce el programa televisivo: “Primera Hora” y conduce “Panorama Social, ambos cada día de lunes a viernes en la televisión de Santo Domingo República Dominicana.



